La Justicia decretó la quiebra de Curtume CBR S.A. y genera incertidumbre entre extrabajadores

La Justicia decretó la quiebra de Curtume CBR S.A. y genera incertidumbre entre extrabajadores

La Cámara Segunda en lo Civil y Comercial de Chilecito declaró formalmente la quiebra de Curtume CBR S.A., la curtiembre ubicada en Nonogasta, en el marco de un proceso iniciado hace cuatro años a partir de un pedido presentado por el Banco Galicia. La resolución fue dictada por la jueza Karina Anabella Gómez y abre una nueva etapa judicial para los acreedores de la empresa.

La medida generó preocupación entre los extrabajadores de la firma, quienes aguardaban el cobro de juicios laborales con sentencia firme. Según manifestaron, la declaración de quiebra modifica el procedimiento previsto para el recupero de sus créditos y los obliga a incorporarse al proceso de verificación establecido por la Ley de Concursos y Quiebras.

La abogada que representa a un grupo de los damnificados, Daniela Herrera, cuestionó la resolución judicial y la calificó como "extemporánea". Sostuvo que la decisión afecta a los trabajadores, ya que existían fondos embargados a su favor y expresó que la medida genera "una incertidumbre total" para quienes esperan cobrar las indemnizaciones reconocidas por la Justicia.

Tras la declaración de quiebra, el tribunal dispuso la inmovilización de los bienes de la empresa y fijó el cronograma procesal para la verificación de créditos. El 15 de septiembre de 2026 vencerá el plazo para que los acreedores presenten sus pedidos ante la sindicatura designada. El 15 de octubre deberá presentarse el informe individual de créditos y el 16 de noviembre el informe general sobre el patrimonio de la firma.

Los extrabajadores señalaron que, si bien la legislación concursal establece prioridad para los créditos laborales, las demoras judiciales y las medidas cautelares adoptadas durante el proceso han postergado el cobro de las indemnizaciones. En ese sentido, anticiparon que continuarán las gestiones judiciales para reclamar el pago de los montos reconocidos por sentencia firme.

Redacción: Tamara Ormeño, Redes: @tamaraormenolocucion